La normativa de propiedad intelectual e industrial no vale para la impresión 3D

Un reciente informe de la Fundación COTEC  para la innovación estima que la actual normativa de propiedad intelectual e industrial no está preparada para regular adecuadamente la impresión 3D, sobre todo en lo que repecta al comercio masivo de estos productos.

En particular, el estudio destaca como es absolutamente necesario que se actualicen las regulaciones de patentes, diseños industriales o derechos de autor, sobre todo por la revolución que suponen las impresiones 3D en relacion con la posibilidad de copiar bienes y servicios protegidos por estos derechos de los bienes inmateriales.

El estudio que se enmarca en el proyecto “Impresión 3D y Propiedad Industrial e Intelectual: abordando los retos no tecnológicos”, puede resumirse en cuatro grandes conclusiones:

. No existe una definición unánime de qué es un archivo 3D, un término esencial para aplicar los instrumentos jurídicos de protección industrial e intelectual a esta tecnología

2ª. Hay demasiados actores en la cadena (fabricantes, creadores o proveedores de servicios, entre muchos otros) que pueden estar situados tras diferentes fronteras, lo que sitúa el problema en un ámbito global

3ª. Se necesita un avance del marco normativo para incluir en su cobertura la impresión 3D, y difundir su conocimiento entre los profesionales del sector

4ª. Es necesaria una correcta trazabilidad de los procesos de autoría, venta/cesión y uso legítimo de la información digital para garantizar los derechos de los autores.

Y a las anteriores, el estudio ofrece una serie de recomendaciones para abordar con garantías estos retos desde el punto de vista de la normativa:

1ª.- Tratar de que intervengan en la cadena de valor el menor número posible de actores, para delimitar mejor así los derechos a ejercer.

2ª.- Exigir firmar acuerdos de confidencialidad y de protección de derechos si se van a transmitir archivos 3D por vías telemáticas.

3ª.- Blindar la compraventa de archivos 3D, ya que los portales que se dedican a su comercialización están exentos de responsabilidad.

4ª.-  Asegurar que los proveedores de servicios (ingenieros, fabricantes de impresoras) cumplen un papel activo en la protección de estos derechos y aseguran que el cliente conoce la normativa.

Algunas medidas típicas de la industria de los contenidos y protegidos por derechos de autor, como los Digital Rights Management Systems (DRM) y están siendo implementadas con éxito, empleado cóndigos basados en tecnología hash para encriptar el uso de archivos de impresión 3D.

Imagen: HardZone

Deja un comentario